CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
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La Justicia Electoral tiene su organización y funcionamiento especificados por la Constitución de la República Federativa del Brasil y por la legislación federal. La composición de los tribunales y las prerrogativas y garantías de sus miembros son establecidas en la Constitución Federal. La calificación de los tribunales y las normas sobre inelegibilidad, partidos políticos y propaganda electoral son establecidas por la legislación infraconstitucional federal.
(N.B.: Texto constitucional de 1988, traducido por Antonio López Díaz y César García Novoa y publicado por el Centro Gráfico del Senado Federal, Brasilia, 1990.
Entre corchetes están traducciones alternativas; las que corresponden a modificaciones posteriores a 1988, entre llaves.)
TÍTULO II
DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS FUNDAMENTALES
(...)
CAPÍTULO IV - DE LOS DERECHOS POLÍTICOS
CAPÍTULO V - DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
(...)
TÍTULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS PODERES
(...)
CAPÍTULO III - DEL PODER JUDICIAL
(...)
SECCIÓN VI - DE LOS TRIBUNALES Y JUECES ELECTORALES
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